Familia

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Demandas de Cuidado Personal

Entendemos por cuidado personal o tuición, el derecho y deber que poseen los padres de defender, resguardar y cuidar a cada uno de los hijos menores de edad. A su vez el derecho y obligación de formar parte y participar de su educación y crianza. Además, quien tiene el cuidado personal de un niño tiene también la autoridad sobre las decisiones que a él respecta, por tanto, obtendrá la representación legal del niño y el derecho de goce y administración de sus bienes hasta su emancipación. Si ambos padres están vivos, el cuidado personal de los hijos es deber y obligación de ambos sin importar la situación de convivencia de estos. Todo padre debe participar en forma activa, equitativa y permanente en la crianza y educación de sus hijos. En el caso que los padres vivan de manera separada, podrán determinar en común acuerdo la corresponsabilidad del cuidado, ya sea a la madre, padre o en forma compartida establecido mediante escritura pública o acta extendida ante cualquier oficial del Registro Civil.

Este acuerdo deberá establecer frecuencia y libertad de relación con el que el padre que no posee el cuidado definitivo mantendrá con su hijo. De no haber acuerdo, los hijos continuaran bajo el cuidado personal del padre con el cual estén conviviendo.

Si la situación lo amerita el juez de familia podrá atribuir el cuidado personal del hijo a uno de los padres y cuando esto ocurra deberá establecer en la misma resolución, la frecuencia y libertad con que el otro padre mantendrá una relación con los hijos, considerando siempre el interés superior de estos. El padre que no tenga el cuidado personal tendrá derecho a mantener una directa y regular y el otro padre no deberá obstaculizar este régimen.

Familia

Los Tribunales de Familia son los encargados de conocer los asuntos que trata la Ley N°19.968 y los que le encomienden otras leyes (por ejemplo: Violencia Intrafamiliar, Ley de Abandono de Hogar y Pensiones Alimenticias, Ley de Menores, etc.), de juzgarlo y hacer ejecutar lo juzgado.

Estos juzgados son especiales, pertenecientes al Poder Judicial, de derecho, porque tramitan y fallan de acuerdo a la ley. Fueron creados para otorgar una justicia especializada a todos los conflictos de naturaleza familiar.

Entendemos por cuidado personal o tuición, el derecho y deber que poseen los padres de defender, resguardar y cuidar a cada uno de los hijos menores de edad. A su vez el derecho y obligación de formar parte y participar de su educación y crianza.