Penal

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Asimilamos por violencia intrafamiliar todo tipo de maltrato que afecta la vida o la integridad de quien tenga la calidad o haya tenido calidad de cónyuge del ofensor como también valido, una relación de convivencia con él. Esto también se extiende a los parientes consanguíneos o por afinidad en toda línea colateral hasta el tercer grado. También comprendemos por violencia intrafamiliar cuando la conducta respectiva ocurra entre los padres de un hijo común, o incurra sobre un menor de edad o persona discapacitada bajo el cuidado de cualquiera del grupo familiar.
Así, vamos a analizar los tipos de violencia intrafamiliar, como la física, económica y sicológica, lo que se encuentra tratada en la Ley de Violencia Intrafamiliar, Ley 20.066. Para lo cual se regula en el art. 14 de la mencionada ley como el delito de maltrato habitual, que tiene su origen en Tribunales de Familia. Lo que según la gravedad del caso se ve en Tribunales de Familia o en Tribunales de Garantía, para lo cual se pueden decretar medidas cautelares aún previa formalización, como es el caso del abandono del hogar común y la prohibición de acercarse a la víctima. Lo que puede llevar a configurar el delito de desacato en el evento del ciertas cautelares, lo cual es una excepción en nuestro derecho.

Penal

Asimilamos por violencia intrafamiliar todo tipo de maltrato que afecta la vida o la integridad de quien tenga la calidad o haya tenido calidad de cónyuge del ofensor como también valido, una relación de convivencia con él. Esto también se extiende a los parientes consanguíneos o por afinidad en toda línea colateral hasta el tercer grado.